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domingo, 22 de junio de 2025

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CNDH emitió recomendación a ISSSTE Tlaxcala por inadecuada atención que derivó en muerte de adulto mayor

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El organismo determinó que hubo violaciones a los derechos de protección a la salud, a la vida, al trato digno

Zurya Escamilla Díaz | Tlaxcala | 22 de junio de 2025

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La falta de seguimiento clínico y omisiones en la atención de un adulto mayor que falleció derivó en que la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitiera una recomendación al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) en Tlaxcala, luego de la promoción de una queja en septiembre de 2024.

    El organismo nacional documentó una serie de omisiones en el servicio de Urgencias del Hospital General, pero también falta de seguimiento al estado de salud de la víctima que acudió a recibir atención por insuficiencia respiratoria; así como omisiones en el registro de información médica, y egreso hospitalario anticipado que determinó como factores que contribuyeron al deterioro de su salud y culminaron en fallecimiento.

    La persona acudió al Hospital General del ISSSTE en Tlaxcala el 20 de marzo de 2024 a recibir atención por una posible neumonía, pero la familia señaló que el servicio no fue el adecuado; por lo que el paciente fue dado de alta al día siguiente, regresó a su domicilio y ante la persistencia de los síntomas recibió atención médica privada, pero falleció el mismo 21 de marzo a causa de las complicaciones.

    La CNDH determinó que hubo violaciones a los derechos de protección de la salud, a la vida, al trato digno, así como al acceso a la información en materia de salud; toda vez que no hubo una evaluación integral, se omitió la realización de estudios clave y no actuaron de manera oportuna para obtener un diagnóstico adecuado, pese a la insistencia del familiar que acompañaba a la víctima sobre el estado de salud.

    En conseucencia, en la recomendación 89/2025, la Comisión estableció que el ISSSTE debe reconocer el daño causado a consecuencia de una atención insuficiente e inadecuada; también, que se debe reparar el daño de forma integral a la familia al brindar atención psicológica y tanatológica, además de medidas de compensación y acompañamiento en los procesos tanto legales como administrativos.

    De igual forma, el Instituto deberá emprender acciones para evitar que se repitan los hechos; puesto que la CNDH enfatizó que las recomendaciones en materia de salud deben velar por el cumplimiento de estándares éticos y legales, promover un trato justo y respetuoso, prevenir abusos y buscar una mejora continua en la atención.

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