Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales no precisa quienes sí deben separarse del cargo para realizar campaña
Zurya Escamilla Díaz | Tlaxcala | 20 de abril de 2025
El Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) podrá revisar que las personas candidatas a una magistratura o a formar parte de un juzgado local cumplan con la llamada "3 de 3 contra la violencia" una vez concluido el cómputo de los votos; por lo que quienes sean deudores alimentarios, agresores sexuales o hayan ejercido alguna violencia contra mujeres, niñas y niños podrían no recibir su constancia de mayoría, aún cuando hubieran obtenido el mayor número de votos, indicó el consejero Emmanuel Ávila González, presidente del órgano electoral.
"A diferencia de un proceso donde nosotros registramos y advertimos cuando alguien no cumple un requisito y no se le da el registro;en este caso nuestro actuar solamente está limitado a recibir ese listado donde el filtro previo pasa a través de los Comités de Evaluación y lo integra el Congreso del Estado y lo remitan al Instituto de las Elecciones. Son los listados que nosotros recibimos y en consecuencia son las personas que acudirán, bueno, estarán ya en las boletas electorales", indicó en entrevista.
No obstante, recordó que así como ocurrió en el proceso electoral 2023-2024 cuando revisaron que las candidaturas cumplieran con lo establecido en el artículo 38 de la constitución en diferentes momentos; en este caso el Instituto llevará a cabo que reúnan con los requisitos de elegibilidad en la última fase que corresponde al conteo y sumatoria de votos.
"Hicimos la revisión cuando ya se tenían resultados, se iban a entregar constancias de mayoría y si fuese el caso, en ese momento podríamos valorar no otorgar alguna; pero bueno, eso es lo que nosotros corresponde, pero hasta el final ya con resultados en mano", explicó Ávila González.
El pasado 4 de abril, el ITE y el Tribunal Superior de Justicia (TSJE) firmaron un convenio de colaboración a fin de intercambiar información sobre las personas candidatas que ya forman parte del Poder Judicial del estado y que participarán en la contienda el próximo 1 de junio; como fue el caso de un juzgador que se encontraba suspendido de sus actividades por tener un procedimiento de responsabilidades administrativas vigente.
Por otra parte, el consejero Emmanuel Ávila González aclaró que en cuanto a la participación de funcionarias y funcionarios del Poder Ejecutivo que buscarán un espacio como juzgadores o una magistratura, la norma avalada por la LXV Legislatura del Congreso no precisa quiénes sí deben separarse del cargo para realizar proselitismo
"Hasta donde tengo entendido son aquellos que puedan representar un nivel de secretaría de estado quienes sí tuvieron que haberse separado para poder contender. En este caso, en las direcciones o los propios ciudadanos que son que forman parte de la estructura judicial de los diferentes tribunales, pues no están impedidos para separar sus funciones. Simplemente, en los lineamientos les estamos dando una guía para poder actuar y no caer en una responsabilidad sobre todo en los tiempos que deben de cumplir en sus propias responsabilidades", precisó.
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