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jueves, 24 de abril de 2025

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PROPAET emite recomendación a Xiloxotla por descargas de aguas residuales sin tratar

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El ayuntamiento que encabeza Yamín Jiménez Rugerio deberá integrar un padrón y exigir instalar sistemas de tratamiento a empresas

Zurya Escamilla Díaz | Tlaxcala | 24 de abril de 2025


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La Procuraduría de Protección al Ambiente en Tlaxcala (PROPAET) emitió una recomendación al ayuntamiento de Santa Isabel Xiloxoxtla que encabeza Yazmín Jiménez Rugerio debido a la descarga de aguas sin tratamiento a la Laguna de Acuitlapildo; por lo que deberá integrar un padrón de las empresas que incurren en esta práctica y coordinar acciones de inspección junto a la propia dependencia estatal.

    "La recomendación, de carácter no vinculante, busca garantizar el cumplimiento de la normativa ambiental vigente, específicamente la Norma Oficial Mexicana NOM-002-SEMARNAT-1996, que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas al alcantarillado municipal", se lee en un comunicado difundido a través de las redes sociales de la PROPAET.

    El objetivo de esta recomendación es regular y restringir las descargas de aguas residuales sin tratamiento, toda vez que esto contraviene los derechos reconocidos en tanto en la Constitución federal como en la local; así como la Ley de Protección al Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible y la propia NOM-002-SEMARNAT-1996 que "establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las aguas que se incorporan al sistema de alcantarillado".

    La PROPAET que encabeza Iván García Juárez puntualizó que esta práctica pone en riesgo la salud pública, deteriora la infraestructura hidrálica y especialmente pone en peligro los ecosistemas locales; razón por la que el municipio debe actuar como primer respondiente y atender las siguientes recomendaciones:

  • Integrar un padrón de industrias con descargas al alcantarillado;  
  • Exigir la instalación de sistemas de tratamiento de aguas residuales;  
  • Instruir a sus áreas competentes para realizar muestreos y visitas técnicas;  
  • Coordinar acciones de inspección conjunta con esta Procuraduría.

    Finalmente, la PROPAET indicó que tiene la disposición de colaborar con las autoridades municipales para implementar medidas que preserven el medio ambiente y el bienestar de la población.

    De acuerdo con el artículo 66 Fracción IV de la Ley de Protección al Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible corresponde a los ayuntamientos "requerir la instalación de sistemas de tratamiento a quienes generen descargas de origen industrial, municipal o de cualquier otra naturaleza a los sistemas de drenaje y alcantarillado y no satisfagan las normas técnicas ecológicas que se expidan".

    También deben llevar un registro de descargas a las redes de drenaje y alcantarillado que administren y éste deberá estar integrado al registro estatal; además de que deben expedir su reglamento de descargas en los sistemas de drenaje.

    Mientras que las personas físicas o morales que descarguen aguas residuales de origen industrial a cuerpos receptores deben contar con sistemas de tratamiento cuando rebasen los límites permisibles, pero también realizar muestreos y análisis periódicos de la calidad de las descargas e informar a la autoridad.

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