Redacción (4 de abril de 2022) El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el segundo párrafo del artículo 24 de la Ley Federal de Austeridad Republicana (LFAR) que prohibía a los servidores públicos de alta jerarquía laborar en empresas con las que hayan tenido relación durante el ejercicio del cargo, durante los 10 años posteriores a dejarlo.
Durante el análisis, el pleno determinó que el Congreso de la Unión sí tiene facultades para legislar sobre la materia de este ordenamiento; cuya revisión continuará en los próximos días.
Al invalidar el segundo párrafo del artículo 24, las ministras y ministros, consideraron que la medida incide de manera desproporcionada, innecesaria e injustificada en la libertad de trabajo, profesión, comercio e industria, reconocida por el artículo 5º constitucional, pues impide a los exfuncionarios en esas circunstancias, prestar libremente sus servicios en la iniciativa privada.
Por otra parte, la Corte reconoció la validez de los precepto que facultan a los poderes para tomar las acciones necesarias para cumplir con la ley y determinaron que no se invade la independencia y autonomía de éstos o de los organismos autónomos.
También, respaldaron aquellas disposiciones por los que se conforma un comité de evaluación, cuya integración la determinarán las Secretarías de la Función Pública y la de Hacienda y Crédito Público. En este sentido, el pleno determinó que dichos preceptos no vulneran el principio de división de poderes, pues dicho Comité tiene únicamente de facultades de recomendación y no así facultades de fiscalización y control sobre el gasto público.
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