Vicisitudes por: José David Cabrera Canales*
Parte II
Para encontrar relación de los fenómenos actuales con fenómenos antiguos, tenemos que realizar un ejercicio
comparativo de semejanza entre lo moderno y lo antiguo, es así, que tomando
como referencia las ideas de Polibio (210- 125 A. C.) quien propuso la idea de
un gobierno mixto, producto de la combinación de las tres
constituciones simples o formas de gobierno positivas: monarquía
(gobierno de uno); aristocracia (gobierno de
pocos) y democracia (gobierno de muchos), a
estas formas de gobierno las podemos clasificar como buenas y las podemos
llamar clásicas, ya que han
estado presentes en todos los tiempos.
Ahora bien, existe una combinación distinta (con un
aspecto negativo) a las tres constituciones simples o formas de gobierno
expuestas en el párrafo anterior. Continuando con la terminología empleada por
Polibio, estas tres constituciones o formas de gobierno
negativas son: tiranía (gobierno de uno); oligarquía
(gobierno de pocos) y oclocracia (gobierno de
muchos), a estas tres constituciones se les atribuyen vicios y fallas que las
hacen ser malas formas de gobierno; ahora imaginemos una combinación de las
tres constituciones malas (tiranía, oligarquía y oclocracia) al resultado de la combinación de las tres formas de gobierno
malas, el filosofo político Michelangelo Bovero, la bautizó con el nombre de
Kakistocracia.
La
Kakistocracia reúne los vicios, los males y los defectos de las tres constituciones
negativas, representaría el más bajo de los gobiernos, se trata de un gobierno
irresponsable, aberrante, por tanto con una naturaleza arbitraria, sería el gobierno de los peores, la pésima república; para estos gobiernos la transparencia no solo
es un problema, sino un obstáculo para poder tomar decisiones arbitrarias, que
no son sometidas ni al conocimiento público y mucho menos al voto popular; la
rendición de cuentas en estos gobiernos no está presente en la mente de sus
representantes, sus acciones de gobierno son todas a través del ocultamiento,
que es la constante.
Ahora bien, existen dos términos que no tienen definición
en el diccionario de la Real Academia Española, éstos son: eunomia
y su contrario la disnomia, ambas palabras
provienen de la mitología griega, el primero, designa a la diosa de las leyes y
la legislación, que en el orden político era la deidad del disciplinado y buen
gobierno; la disnomia significa desorden civil, ilegalidad y trastornos
sociales, este término era considerado demoníaco, ya que traía el
desajuste y la ilegalidad en el orden social.
Actualmente,
los gobiernos en general tienen un común denominador, este es, que en sus
funciones públicas está presente la ilegalidad, la irresponsabilidad y el
ocultamiento de los asuntos que por su naturaleza son públicos, ya que un funcionario de cualquier nivel de gobierno,
hace un contrato tácito con la sociedad a la que representa, esto implica que,
aunque no está escrito en papel dicho contrato, existe en el ámbito del orden
jurídico aplicable a la función pública; es decir, todas las normas jurídicas,
desde las constituciones políticas de los países, los tratados internacionales
y las leyes secundarias, establecen marcos de responsabilidad y de cumplimiento
para todo servidor público, por lo que los actos del Estado y de sus
representantes son y deben ser públicos, ya que lo que no se hace a la vista
del público, conlleva en su origen ilegalidad e ilegitimidad.
En este orden de ideas, las normas jurídicas establecen
derechos y obligaciones, así como las sanciones en caso de no apegarse a los
marcos jurídicos correspondientes, por otro lado, existen
instituciones creadas por el Estado, que tienen como principal función hacer
cumplir las normas jurídicas, aplicando las medidas de apremio y sanciones
que se desprenden por una disnomia en el servicio público, a
lo anterior se le conoce como rendición de cuentas horizontal, pero
también, como ciudadanos contamos con mecanismos que
permiten sancionar a los servidores públicos que no cumplen con su
función y que traicionan la confianza depositada en ellos, este
mecanismo se le conoce como rendición de cuentas vertical y es el
que aplicamos en cada elección, ya sea cada tres o seis años, dependiendo el
cargo público por el que estemos votando.
En la próxima entrega, abordaremos a las instituciones
creadas por el Estado para aplicar la rendición de cuentas horizontal, entre
éstas se encuentra el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) y otras entidades
que tienen funciones específicas para prevenir, detectar y sancionar
responsabilidades administrativas y hechos de corrupción…
* Analista, profesor de tiempo completo de la Universidad
Autónoma de Tlaxcala, presidente de la academia de política.
Correo electrónico: josedavid.cabrera@uatx.mx
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