- La magistrada Claudia Salvador Angel propuso confirmar el acuerdo del ITE sobre le blanque de bardas
Zurya Escamilla Díaz | Tlaxcala | 7 de septiembre de 2026
Con dos votos a favor y uno en contra, el Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) determinó procedentes los agravios presentados por Alfonso Sánchez García en contra del acuerdo ITE-CG 26/2026 respecto a la imposición de medidas cautelares que determinó el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) por presunta propaganda previa al proceso electoral; pues la magistrada Esther Terova Cote y el magistrado Ángel Magdiel Benítez Pérez argumentaron que el órgano electoral no acreditó elementos suficientes.
En sesión extraordinaria, la magistrada Claudia Salvador Angel propuso desestimar una impugnación promovida por Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA) en contra del mismo acuerdo; toda vez que carece de interés legítimo y jurídico, ya que la imposición de medidas cautelares vinculó a un actor en específico y no a la colectividad del instituto. Esta propuesta fue avalada por los tres integrantes del pleno.
Sin embargo, Terova Cote y Benítez Pérez rechazaron la propuesta de magistrada para confirmar el acuerdo del ITE para imponer medidas cautelares a Sánchez García por presunta propaganda anticipada; pues consideraron que el Consejo General prejuzgó de manera desproporcionada las conductas denunciadas y es incongruente al hacer un posicionamiento anticipado, pues no existen elementos suficientes para vincular las bandas pintadas con el actor denunciado.
La magistrada Salvador Ángel indicó en su propuesta que según criterios de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), para emitir medidas cautelares es suficiente que existan indicios; pues el deslinde o acreditación de la conducta denunciada corresponde al análisis de fondo del asunto.
Alfonso Sánchez, a quien el ITE le ha impuesto diversas medidas cautelares consistentes en el blanqueo de bardas con su nombre por tratarse de una estrategia sistemática de posicionamiento electoral, impugnó el acuerdo al considerar que se vulneró el principio de exhaustividad, pues no se acreditó su autoría con la propaganda y un probable beneficio y acusó a la autoridad electoral de atribuirle una responsabilidad sin justificarlo.
Ya en dos resoluciones anteriores, la magistrada presidenta Esther Terova y el magistrado Magdiel Benítez han fallado en contra de la imposición de medidas cautelares en contra de Sánchez García; mismas que el Instituto impuso para evitar la vulneración del principio de equidad de la contienda.

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