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lunes, 28 de febrero de 2022

Opinión | Nuestra constitución de todos los días - Vicisitudes

 


Esta columna forma parte de la edición 57 de Expediente Político.Mx. Descárgala aquí


<<Quien no conoce sus derechos, está a merced de que no se le respeten cada día de su vida>>, David Cabrera Canales 


El pasado 5 de febrero de 2022, los mexicanos celebramos los 105 años de vida de nuestra Constitución Política, texto fundamental para organizar y también para garantizar la vida en comunidad, en ella se encuentran plasmadas las reglas de convivencia y el pacto social. 


Nuestra Constitución no solo debe leerse y por lo tanto conocerse, sino también debe utilizarse, es decir, como integrantes de la sociedad mexicana, al conocer nuestros derechos y obligaciones estipulados en nuestra Carta Magna, tendremos la posibilidad de reclamar el respeto a nuestros derechos, al igual que cumplir con nuestras obligaciones.


En ella también se establecen las obligaciones constitucionales a las autoridades establecidas, ya que como lo establece la segunda frase del artículo 39 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), <<todo poder público emana del pueblo y se instituye para beneficio de este>>.


Desde hace mucho tiempo, el concepto de Constitución es uno de los más complejos de construir dentro de la ciencia del derecho, se le define como el ordenamiento supremo y fundamental del Estado que establece su forma y la de su gobierno (Orihuela). También se le entiende como las decisiones del titular del constituyente que afectan al propio ser social (Schmitt) y se le concibe como el conjunto de relaciones que se verifican en una comunidad, que se dan entre pueblo y gobierno, y el logro de un cierto orden que permite que se efectúen una serie de hechos (Carpizo).


En este momento, nuestra Constitución tiene 748 reformas correspondientes a los artículos del 1º al 136, 9 reformas a los artículos transitorios y 6 reformas a los artículos transitorios de decretos de reformas, un total de 763 reformas al 28 de mayo de 2021; únicamente, veintiún artículos no han sido reformados, siendo estos los siguientes: 8, 9, 12, 13, 23, 38, 39, 47, 50, 57, 64, 68, 80, 86, 91, 118, 126, 128, 129, 132, y 136.


Los artículos con el mayor número de reformas son: el artículo 73, relativo a las facultades del Congreso, con un total de 85 reformas; le sigue el artículo 123, relativo al derecho al trabajo, con un total de 27 reformas; en tercer lugar, está el artículo 27, relativo a la propiedad de la Nación de las tierras y aguas, con un total de 20 reformas; le sigue el artículo 89, relativo a las facultades y obligaciones del presidente, con un total de 19 reformas.


El artículo 4, relativo al derecho a la igualdad, derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el esparcimiento de sus hijos, derecho a la alimentación, a la salud, a un medio ambiente sano, derecho al agua, derecho a la cultura, derecho a los programas sociales, y otros derechos; el artículo 74, relativo a las facultades exclusivas de la Cámara de Diputados y el artículo 107, relativo a las bases de las controversias constitucionales, los tres artículos tienen 18 reformas cada uno.


Actualmente, nuestra Constitución dista mucho de ser el texto que se aprobó en la asamblea constituyente realizada en Querétaro, las reformas realizadas durante sus 105 años, nos presentan un texto transformado y mejorado (en ocasiones), su contenido primigenio fue concebido acorde al país que se vivía en el momento histórico en el que se aprobó, actualmente, con los cambios políticos, económicos y sociales nuestra Constitución se ha actualizado a la dinámica social y a la globalización, para así de esta forma, estar casi a la par de las exigencias y necesidades de una sociedad con intensos cambios y cada vez más demandante.


Cada día de nuestras vidas, —así como ocurre con el derecho— tenemos contacto con nuestra Constitución Política, desde el nacimiento hasta el fallecimiento de una persona, al circular por la vía pública, al realizar algún trámite ante las administraciones públicas, cuando acudimos a recibir atención médica, al tener acceso al derecho humano a la educación, al recibir algún programa social, cuando nos manifestamos, al solicitar y tener acceso a la información pública, cuando se nos garantiza la seguridad y acceso a la justicia, etcétera. En todo momento, nuestra Constitución nos acompaña y permite tener las condiciones para que el Estado y la sociedad cuenten con los pilares fundamentales para una democracia constitucional robusta. 


Finalmente, podemos referir que nuestra Constitución no es solamente un texto normativo,  sino también es un texto que contiene factores reales de poder, lo anterior, de acuerdo a los tiempos políticos que vive una Nación, por lo que cada gobierno en turno le imprime su particular visión de Estado que desea, agregándole los elementos que permitirán la conservación del poder político, muchas de las veces al margen de las aspiraciones y necesidades del pueblo, por todo lo anterior, es necesario y conveniente que cada persona conozca nuestra Constitución Política, para que así, cada uno de nosotros aportemos desde nuestros distintos espacios de acción, a la mejora de la cultura cívica, de una mejor ciudadanía con una mayor participación en la vida pública.   


* Analista, Profesor de Tiempo Completo adscrito a la Universidad Autónoma de Tlaxcala, Presidente de la Academia de Política. Miembro de la Red Académica de Gobierno Abierto, México (RAGA). Especialista en Acceso a la Información, y experto en Protección de Datos por la Universidad de Sevilla. 


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