- El Tribunal determinó que no hubo exahustividad en el análisis de pruebas
- También ordenó al ITE engrosar el acuerdo por el que negaron medidas cautelares por presuntos anticipados de campaña de Alfonso Sánchez y Ana Lilia Rivera
Zurya Escamilla Díaz | Tlaxcala | 3 de junio de 2026
La Comisión Nacional de Honor Justicia de MORENA deberá reponer el procedimiento iniciado en contra de Marcela González Castillo, como presidenta del Comité Ejecutivo Estatal, y Alfonso Sánchez García, como alcalde de la ciudad de Tlaxcala, por una presunta promoción indebida de la imagen del edil en eventos partidistas de cara a la próxima renovación de la gubernatura y dada la relación matrimonial que sostienen.
Este miércoles, el Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) atendió el juicio de la ciudadana JDC 053/2026 que promovió Edvino Delgado Rodríguez, en su calidad de militante de Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA) en contra de la resolución CNHJ-TLAX-279/2025 que emitió el Consejo Nacional de Honor y Justicia donde declara inexistente la promoción indebida del alcalde de Tlaxcala.
La ponencia de la magistrada Esther Terova Corte determinó que la CNHJ no fue exhaustiva en analizar las pruebas que presentó el ciudadano; por lo que ordenó llamar al área de comunicación social del partido para responder sobre dos publicaciones en el periódico Síntesis.
Delgado Rodríguez expuso que Alfonso Sánchez ha manifestado su intención de contender por la gubernaura de Tlaxcala, por lo que las publicaciones están fuera de los tiempos para realizar proselitismo; como parte de la evidencia adjunto capturas de pantalla del perfil de Marcela González donde aparece con Sánchez García, Alfonso Sánchez Anaya, María del Carmen Ramírez García, y sus dos hijos; además donde aparecen los dos denunciados en eventos públicos.
Al respecto, Marcela González y Sánchez García argumentaron que los eventos fueron en días y horarios considerados inhábiles; aseguran que no hay promoción específica del alcalde y que tampoco se utilizan recursos ajenos a MORENA Tlaxcala para estas acividades.
Por ello, el TET determinó que el CNHJ debe emitir una nueva resolución de fondo donde tome en consideración los ejemplares del periódico que no fueron contempladas en la primera ocasión y donde comparezca el área de comunicación social del partido.
Además, el Tribunal ordenó al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) reponer el acuerdo mediante el cual se pronunció sobre medidas cautelares respecto a propaganda anticipada vinculada con Alfonso Sánchez García y Ana Lilia Rivera Rivera, luego de que el Partido de la Revolución Democrática Tlaxcala (PRDT) pidiera que se blanquearan por encontrarse fuera de periodo de campañas.
El pleno avaló la propuesta de la magistrada Claudia Salvador Ángel, quien planteó devolver el ITE el acuerdo a fin de que presente los engroses que modificaron la propuesta inicial de la Comisión de Quejas y Denuncias respecto a sí imponer medidas cautelares; pues señaló que el Instituto omitió pronunciarse sobre porqué sí procedía o no el blanqueo de bardas que solicitó el partido político.

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