- Si bien el Consejo General indicó que no se puede atribuir la autoría, también señaló que se trata de una práctica sistemática de promoción indebida
Zurya Escamilla Díaz | Tlaxcala | 3 de mayo de 2026
Alfonso Sánchez García deberá retirar propaganda en 94 bardas y tres espectaculares asociados a su promoción en un plazo de 48 horas, luego de las medidas cautelares impuesta por el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) -tras dos solicitudes diferentes- para evitar que se repliquen posibles actos de proselitismo indebido; luego de que el Consejo General avalara dos nuevos acuerdos derivado que los presentado por la Comisión de Quejas y Denuncias el 22 de abril no fueron avalados por el pleno.
Si bien los acuerdos avalados por el Consejo General indican que no pueden demostrar plenamente la autoría de bardas, lonas y espectaculares, sí existe un vínculo con el alcalde de la capital que además se replica de manera sistemática con los mismos mensajes, tipos de letra y colores por varios municipios de Tlaxcala; por lo que sí se puede considerar una forma de promoción indebida y generar un daño irreparable en la percepción de la ciudadanía.
Además, el pleno determinó improcedentes medidas cautelares respecto a 35 bardas que ya habían sido blanqueadas cuando el ITE realizó las diligencias para verificar su existencia; y tres más que no fueron localizadas.
Las consejeras Yedith Martínez Pinillo, Janet Cervantes Ahuactzi, y el consejero Hermenegildo Neria Carreño cuestionaron que hubo un retraso de 41 días en la emisión de medidas cautelares que, vale recordar, no tienen como finalidad sancionar; sino evitar que una acción se replique y ocasione un daño irreparable a los principios electorales como la legalidad, imparcialidad, certeza y equidad.
Asimismo, indicaron que en términos generales los argumentos para imponer cautelares son los mismos propuestos en los acuerdos ITE-CG 27/2026 e ITE-CG 28/2026 que en su momento presentó la Comisión de Quejas y Denuncias; y si bien reconocieron los puntos expuestos por las consejeras Brenda Fernanda Barron Rugerio y Anakaren Monserrat Rojas Cuautle, y del mismo consejero presidente Emmanuel Ávila González, respecto a que se eliminaron las contradicciones de los documentos, señalaron que esas observaciones debieron emitirse en la sesión del 22 de abril.
Explicaron que los proyectos presentados por la Comisión de Quejas y Denuncias mostraban incoherencias en la argumentación que impedían la imposición sólida de medidas cautelares. No obstante, el consejero presidente se refirió a criterios del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) relativo a que la autoridad puede retirar toda la publicidad, siempre que no genere cargas excesivas.
"Se advierte que es posible dictar medidas cautelares en el Procedimiento Especial Sancionador con la finalidad de garantizar el establecimiento del derecho probablemente afectado, así como evitar daños irreparables a los principios rectores de la materia electoral o la vulneración de los bienes jurídicos tutelados por la Constitución federal o la legislación aplicable. La instrumentación de estas medidas debe asegurar el cese provisional de los actos o hechos constitutivos de la posible infracción para que cuando se dicte la resolución de fondo sea posible su cumplimiento efectivo e integral y el reestablecimiento del orden jurídico presuntamente trasgredido", expuso el presidente.
Asimismo, añadió que "una medida cautelar eficaz es aquélla que inhibe de forma temporal o transitoria la continuación de la conducta infractora en su integralidad sin imponer al sujeto obligado cargas excesivas o de imposible cumplimiento y no aquélla que limite sus efectos a hechos en lo individual y que, desde un análisis preliminar, deje la posibilidad de persista la trasgresión a la norma. En consecuencia, la autoridad debe ordenar el retiro de toda propaganda relacionada con la denuncia sin precisar la cantidad o ubicación, si la medida no es desproporcional o escesiva para el denunciado".
Respecto al retraso en la presentación de los acuerdos, el presidente Ávila González refirió que los documentos fueron presentados el 25 de mayo, pero de entonces a la fecha tuvieron observaciones y ello evitó que fueran llevado al pleno hasta hoy.
Durante la sesión se desecharon propuestas como ampliar el plazo para el blanqueo de bardas de 48 horas a cinco días, así como eliminar todas pintas y mantas que guardaran similutud en mensaje, tipo de letra y colores entres sí; también rechazaron adjudicar expresamente la autoría de las bardas a Alfonso Sánchez, ya que en la argumentación se indica que no se puede conocer quién mandó pintarlas.

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