- Éste es el segundo municipio sobre el cual el Máximo Tribunal determina que el Órgano de Fiscalización Superior no es competente para resolver sobre recursos federales
Redacción | México | 28 de abril de 2026
La SCJN invalidó el procedimiento de fiscalización, así como el acuerdo mediante el cual se tuvo por revisada, analizada y fiscalizada la cuenta pública del Municipio de Atlangatepec, Estado de Tlaxcala, correspondiente a un periodo específico del ejercicio fiscal 2024.
El caso se originó a partir de la auditoría ordenada por el Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Tlaxcala, la cual abarcó ingresos, egresos, deuda y el manejo de recursos públicos del municipio, incluyendo aportaciones federales provenientes de diversos fondos. Sin embargo, el Pleno concluyó que tanto el órgano fiscalizador como el congreso de Tlaxcala excedieron sus atribuciones al revisar y pronunciarse sobre el ejercicio de recursos federales, e incluso al validar posibles irregularidades y promover acciones subsecuentes en materia de responsabilidades.
El Máximo Tribunal determinó que las aportaciones federales no pierden su naturaleza jurídica, por lo que su fiscalización corresponde exclusivamente a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a lo previsto en la Ley de Coordinación Fiscal. En consecuencia, ni el órgano de fiscalización local ni el congreso estatal cuentan con facultades para auditar dichos recursos.
Por ello, se invalidó el procedimiento de fiscalización, aunque se dejaron a salvo las facultades de las autoridades competentes, tanto federales como locales, para que, en el ámbito de sus atribuciones, emitan los pronunciamientos correspondientes respecto de la cuenta pública del municipio.
Controversia Constitucional 248/2025. Resuelta en sesión de Pleno el 27 de abril de 2026.
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