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jueves, 21 de agosto de 2025

Legisladores avalan reforma a la estructura del Poder Judicial

Desaparece el Consejo de la Judicatura que será reemplazado por el Tribunal de Disciplina Judicial y el Órgano de Administración

Zurya Escamilla Díaz | Tlaxcala | 21 de agosto de 2025



El Congreso del Estado avaló reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial para armonizar con la reciente reforma para elegir a magistraturas y juzgadores, así como a integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ) a través del voto popular; lo que implica la creación de un Órgano de Administración, toda vez que entre ambos entes asumirán junciones del Consejo de la Judicatura del Estado (CJET).


    Con esta reforma, el Legislativo estableció que las magistradas y magistrados del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) durarán en el cargo nueve años, tres más de los previstos hasta ahora, con la posibilidad de ser reelectos para un nuevo periodo; mientras que los integrantes del TDJ permanecerán seis años en el cargo sin posibilidad de reelección.


    La presidencia del TSJE recaerá el magistrado o magistrada que haya obtenido el mayor número de votos durante la elección y rotará cada dos años; por lo que será rotativa de acuerdo a los resultados de los comicios.


    Los legisladores establecieron que todos los asuntos deberán resolverse en un plazo máximo de seis meses contados a partir de su radicación; mientras que en el caso de los asuntos penales deberá haber una sentencia en un plazo no mayor a cuatro meses en delitos cuya pena máxima sea de máximo dos años de prisión, y hasta un año para los que excedan ese tiempo.


    Asimismo, establecieron el Tribunal de Disciplina Judicial tendrá como facultades la investigación, substanciación y resolución de procedimientos de responsabilidades administrativas de las y los servidores públicos del Poder Judicial; "así como la resolución de los recursos de revisión en los procedimientos administrativos cuando se trate de faltas graves, y de la evaluación de desempeño de juezas, jueces, magistradas y magistrados.


    Entre las conductas que serán objeto de disciplina están el emitir con dolo, por negligencia o ignorancia resoluciones claramente contrarias a la Constitución, contrarias a las constancias en autos; las que tengan inferencias probatorias clamente irracionales; contravenir las leyes para sustancias los juicios o procedimientos; el demorar la emisión de sentencia o resolución de asuntos cometidos a estudio.


    Por lo que respecta al Órgano de Administración Judicial, éste tendrá a su cargo la gestión del patrimonio del Poder Judicial; para ello contará con unidades, departamentos y gestiones. Su presidencia la designará el pleno del Tribunal y su titular durará dos años en el cargo; quien estará acompañado de un representante de magistraturas, otro de juzgadores, así como dos profesionales en derecho: uno designado por el Poder Ejecutivo y otro, por el Legislativo.


    La reforma avalada este jueves por mayoría también  crea el Centro Estatal de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias y establece que el Instituto de Especialización Judicial -omo ente auxiliar del Órgano de Administración- será el encargado de evaluar a los servidores públicos que integran el Poder Judicial, quienes deben someterse a exámenes de conocimientos y aptitudes tanto para ingresar como para permanecer en sus cargos.

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