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miércoles, 22 de mayo de 2024

Improcedentes impugnaciones contra candidaturas de Lorena Ruiz y Ever Campech: TEPJF

 


Zurya Escamilla Díaz (Tlaxcala, 22 de mayo de 2024) Las impugnaciones promovidas en contra de las candidaturas de Ever Campech Avelar y Lorena Ruiz García fueron declaradas improcedentes por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), luego que la propuesta de la magistrada Janine Otálora Malasis para declararlos inelegibles fuera votada en contra por de sus pares.


    Los recursos fueron promovidos por los partidos Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRI) y Revolucionario Institucional (PRI) en contra de la sentencia de la Sala Regional Ciudad de México que confirmó a su vez la determinación del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) sobre la procedencia del registro de ambos diputados que buscan la reelección.


    En su argumento, la ponencia de magistrada Otálora Malasis dispuso que Campech Avelar y Ruiz García no cumplieron con el requisito de separarse a tiempo de la fracción parlamentaria del PRD y del Partido del Trabajo (PT) a tiempo para buscar la reelección por la candidatura común "Sigamos haciendo historia", toda vez que el artículo 116 de la Constitución federal, en su fracción II, estipula que la elección consecutiva por distintas fuerzas políticas sólo procederá si la separación del partido por el que un legislador accedió al cargo sucedió antes de la mitad del periodo.


    Por otra parte, la ponencia de Rodríguez Mondragón declaró improcedente el recursos interpuesto por Jorge Alfredo Corichi Fragoso en contra de la resolución de la Sala Regional Ciudad de México que ordenó el registro de Luis Vargas González como candidato suplente al Senado en la primera fórmula de la coalición "Sigamos haciendo historia", junto a José Antonio Álvarez Lima.

    En el caso de Lorena Ruiz, ella anunció su salida del PT en junio de 2023 para sumarse al proyecto de Claudia Sheinbaum; mientras que Ever Campech permaneció como integrante del grupo parlamentario del PRD hasta su solicitud de licencia, el pasado mes de abril.


    "En el proyecto, se determina que la interpretación de la Sala Regional es errónea, porque a la luz del texto constitucional, la desvinculación del grupo parlamentario se inscribe en el concepto amplio de renuncia partidista y no se trata de un elemento adicional, sino que es parte del mismo, al implicar la separación completa del nexo partidista por quien pretende nuevamente obtener una candidatura", indicó la magistrada en sesión extraordinaria celebrada este miércoles.


    Por lo tanto, proponía revocar la resolución de la Sala Regional, declarar inelegibles las candidaturas de ambos personajes y ordenar a MORENA la sustitución. Sin embargo, el proyecto recibió los votos en contra de los magistrados Felipe de la Mata Pizaña, Alfredo Fuentes Barrera y Mónica Aralí Soto Fragoso; así como el voto particular de Reyes Rodríguez Mondragón.

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