Invalida SCJN preceptos de Ley de Educación sobre personas indígenas y con discapacidad - Expediente Político.Mx

Reciente

Post Top Ad

Responsive Ads Here

viernes, 26 de febrero de 2021

Invalida SCJN preceptos de Ley de Educación sobre personas indígenas y con discapacidad

 


Zurya Escamilla Díaz (Tlaxcala, 26 de febrero de 2021) La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó dos capítulos de la Ley de Educación, referentes a poblaciones indígenas y personas discapacidad, porque no se consultó a estos grupos para considerar sus intereses.


    A través de un comunicado difundido en redes sociales, la SCJN detalló que la acción de inconstitucionalidad fue promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos. Esto derivó en la invalidación del contenido de los capítulos VI "De la educación indígena" y el VIII "De la educación inclusiva"; ambos de la ley publicada el 26 de mayo de 2020 en el Periódico Oficial del Estado.


    Las ministras y ministros reunidos en sesión remota, precisaron que estos capítulos "incidían directamente en los intereses de los pueblos y comunidades indígenas, así como de las personas con discapacidad".


    En este sentido, precisaron que de acuerdo con el artículo 2° de la Constitución Federal; con el artículo 6 del Convenio 169 de la OIT; así como de los artículos 3 y 4 de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, los legisladores debieron consultar previamente a esos grupos.


    Los preceptos del capítulo VI, "De la educación indígena", contiene dos artículos en los que contempla la responsabilidad de las autoridades para garantizar los derechos educativos de pueblos indígenas; así como de facilitar los aprendizajes de lenguas, recursos, costumbres y escritura indígena; previa consulta a éstas.


    Mientras que en el capítulo VII, "De la educación inclusiva", consta de seis artículos que prevén acciones para identificar, prevenir y reducir las barreras para acceder al aprendizaje, a la permanencia y a la participación sin discriminación.


No hay comentarios:

Publicar un comentario

Post Bottom Ad

Responsive Ads Here