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sábado, 26 de diciembre de 2020

Modificó ITE lineamientos de paridad; podrán partidos determinar criterios para cumplir con este principio

 


Zurya Escamilla Díaz (Tlaxcala, 25 de diciembre de 2020) Los partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes e independientes deberán presentar al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) los lineamientos o criterios para cumplir con el principio de paridad en la postulación de candidaturas, dentro de los 15 días siguientes a su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

Esta noche, el Consejo General del ITE aprobó modificaciones a los lineamientos emitidos el pasado 30 de octubre para asegurar una postulación de candidaturas con paridad de género y la representación de las mujeres en los puestos que serán elegibles durante el Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021.

La modificación se dio en atención a la sentencia emitida por el Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) el pasado 7 de diciembre; en la cual  se determinó que "los partidos políticos, coaliciones o candidaturas comunes podrán emitir sus criterios para garantizar la paridad de género en la postulación de candidaturas y los mecanismos que permitan, a quienes pretendan una elección consecutiva, su participación en los procesos internos de selección de candidatos o bien adherirse a los lineamientos emitidos del ITE".

En consecuencia, el Instituto estableció que los criterios a considerar deberán ser objetivos y asegurar condiciones de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres; por lo que verificarán que las determinaciones de los partidos políticos sean medibles, homogéneas y verificables.

Por lo que respecta a las presidencias de comunidad, se mantuvo que en caso de corresponder a un hombre la candidatura, la suplencia podría ser de cualquier género, y que en caso de un número impar de presidencias, la sobrante corresponderá a una mujer.

En contraparte, se retiró lo conducente a considerar el número de presidencias de comunidad por municipio para realizar la postulación y atender el principio de paridad. En este sentido, cabe recordar que los partidos que impugnaron, argumentaron que habría 23 mujeres más con el criterio anteriormente aprobado.

Asimismo, modificaron lo que correspondiente a bloques de competitividad y asentaron que en vez de dos bloques, serán tres que se conformarán en consideración del porcentaje de votación: alta, media o baja.

Con la propuesta anterior, se pretendía verificar -a través de un procedimiento específico- si hay una situación de desventaja para las mujeres en determinados distritos y determinar si hay una afectación para un género respecto al otro. Si bien los partidos políticos aún deberán cuidar que no exista tal desventaja, podrán hacerlo conforme a los criterios que ellos mismos determinen; sólo en consideración de lo previsto por el órgano electoral.

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