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martes, 22 de diciembre de 2020

Acata INE sentencia del TEPJF para optimizar tiempos en radio y televisión

 


Redacción (México, 22 de diciembre de 2020) El pleno del Instituto Nacional Electoral (INE) acató por unanimidad una sentencia dictada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en la que se adopta un criterio del Comité de Radio y Televisión para optimizar el uso de las prerrogativas.

La presidenta del Comité de Radio y Televisión, Claudia Zavala precisó que un acuerdo tomado en el seno de este Comité fue impugnado y la Sala Superior del Tribunal resolvió que éste no podría realizar esa adecuación y pidió hacer un análisis puntual de cómo estaban los niveles de rating en los medios de comunicación, debido a que en un anterior acuerdo del Consejo General esto había sido asumido con motivo de la modificación que disminuía los tiempos del Estado.

“La propuesta que se formula convalida un criterio que se tomó con insumos técnicos desde el Comité de Radio y Televisión para hacer estas adecuaciones que generan un mejor uso de la prerrogativa de los partidos políticos en radio y televisión”.

El Consejero Ciro Murayama destacó que este acuerdo se construyó con el consenso de los partidos políticos y “trata de reparar el daño” del decreto presidencial de abril pasado que afectó las prerrogativas de los partidos políticos y redujo los tiempos de radio y televisión tanto del INE, como de las fuerzas políticas en los periodos ordinarios.

Murayama enfatizó que la disminución de siete minutos en televisión y 14 minutos en radio para el Estado, afectó tres anuncios en cada estación de radio del INE y los partidos, además de dos en cada canal de televisión que, al multiplicarse por el total de concesionarios en el país se tradujo en 4,242 anuncios en radio y 1,792 en televisión menos al día, por lo que el INE presentó una controversia ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación respecto de ese decreto.

Desde que dicho decreto entró en funciones han sido más de 52 mil anuncios diarios que el Estado ha dejado de pasar en los concesionarios comerciales. De esos, más de 46 mil le corresponden al Ejecutivo y 6 mil 34 al INE, “esos 46 mil que hoy no se tienen por decisión unilateral del Ejecutivo estarían al servicio del interés público, del cuidado de la salud, pero se cedieron al interés particular de los concesionarios”.

El Consejero Jaime Rivera recordó que en el Consejo General del 15 de mayo, consejeras y consejeros advirtieron que esta disminución de tiempos fiscales afectaba los tiempos disponibles para el gobierno cuando ya se encontraba el país en una situación de contingencia sanitaria. 

Advertimos, agregó, que era un momento en que el Estado debería contar como nunca con capacidad de comunicación para orientar a toda la población de la mejor manera cómo protegerse del virus.

Al sumarse al proyecto, el Consejero José Roberto Ruiz hizo votos porque la Sala Superior, al analizar el fondo del tema, coincida en que se está frente a un ámbito de interés público y no de interés privado respecto a la distribución en las franjas horarias.

Aprueban formatos para cumplir con 3 de 3 contra la violencia

Por otra parte, el INE aprobó por unanimidad los Modelos de Formatos de la declaración “3 de 3 Contra la Violencia”, con el objetivo de prevenir, atender, sancionar, reparar y erradicar la Violencia Política contra las Mujeres en razón de Género.

Los formatos incluyen la declaración bajo protesta de decir verdad que deberán observar candidaturas independientes, partidos políticos nacionales y locales en el registro de candidaturas a diputaciones federales ante los Consejos del INE para el Proceso Electoral Federal 2020-2021; aspirantes a consejeras y consejeros electorales de los OPLE y personas que participen en los Concursos de Selección e Ingreso al SPEN, en los que se establezca que no se encuentran bajo ninguno de los siguientes supuestos:

1. No haber sido persona condenada o sancionada mediante resolución firme por violencia familiar y/o doméstica, o cualquier agresión de género en el ámbito privado o público.

2. No haber sido persona condenada o sancionada mediante resolución firme por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal.

3. No haber sido persona condenada o sancionada mediante resolución firme como deudor alimentario o moroso que atente contra las obligaciones alimentarias, salvo que acredite estar al corriente del pago o que cancele en su totalidad la deuda y que no cuente con registro vigente en algún padrón de deudores alimentarios.

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