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lunes, 1 de junio de 2020

Reprueba Equis Justicia para Mujeres a Poder Judicial de Tlaxcala en protección a víctimas de violencia de género


Zurya Escamilla Díaz (Tlaxcala, Tlax., 1 de junio de 2020) El Poder Judicial de Tlaxcala obtuvo un puntaje de 35.7  respecto al nivel de protección que ofrece a mujeres que podrían ser víctimas de violencia durante la contingencia, según el diagnóstico de Equis Justicia para Mujeres "(Des)Protección judicial en tiempos de Covid-19".
Cabe señalar que desde el inicio del confinamiento, se ha señalado alrededor del mundo que las mujeres, las niñas y los niños se encuentran vulnerables en sus hogares cuando viven un contexto de violencia.
En este sentido, la organización realizó un análisis de los diferentes comunicados que emitieron los poderes judiciales de las 32 entidades del país para informar sobre la suspensión de actividades. En este informe, contemplaron seis indicadores. 
Resultado de ello, sólo cinco entidades obtuvieron una puntuación por arriba del 60 por ciento (Querétaro, Nuevo León, Colima, Michoacán y Baja Califormia Sur), mientras que los 27 restantes fueron reprobados.
De esta forma, Tlaxcala se colocó en la posición 18 respecto al resto de las entidades; puesto que únicamente cumple con tres de los seis indicadores evaluados.
El Poder Judicial de la entidad, según el reporte,  sí cuenta con guardias para emitir órdenes de protección en materia familiar y en materia penal; las cuales están encaminadas a resguardar a la víctima al impedir que el violentador se acerque, al proporcionarles un albergue y empoderarlas.
También consideró tres grupos de servidores públicos que están exentos de guardias o trabajo presencial por su vulnerabilidad frente al coronavirus: mujeres embarazadas y en periodo de lactancia, adultos mayores y personal con enfermedades crónico-degenerativas .
En tanto que no contempló medidas precautorias en materia familiar, las cuales pueden ser dictadas por un juez antes o durante el proceso judicial para proteger a quien se presume puede ser vulnerable a violencia. Tampoco se consideraron las medidas de protección en materia penal para proteger a la víctima al inicio de la investigación.
El Poder Judicial tampoco contempló medidas para garantizar el pago de pensión alimenticia; lo cual es relevante, debido a que muchas veces se utiliza el incumplimiento de esta obligación a modo de generar precariedad y buscar control sobre la familia.
Finalmente, este poder en lo local no se pronunció sobre el funcionamiento de centro de convivencia familiar a fin de garantizar que los padres o madres convivan en un lugar neutral con sus hijos o hijas, de quienes no tienen la custodia.
"Equis Justicia para Mujeres" resalta que si bien es entendible la reducción de la actividad estatal para garantizar la protección de ciertos derechos, tiene que diseñarse para no vulnerar otros. En este caso, no puede desatenderse de sus obligaciones con las mujeres víctimas de violencia.
Por ello, recomendó a los poderes judiciales conducir sus actividades con transparencia, usar un lenguaje accesible para la ciudadanía, establecer lineamientos generales para la protección de mujeres, ser explícitos respecto a las guardias presenciales para atender estos asuntos, por mencionar algunas.


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