Zurya Escamilla Díaz (Tlaxcala, Tlax., 20 de mayo de 2018) Por unanimidad de votos, los magistrados del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) declararon inexistentes actos anticipados de campaña, promoción de imagen e infracciones a la ley electoral por parte de la candidata al distrito electoral 12, con cabecera en Teolocholco, Laura Eliosa Lara por el Partido de la Revolución Democrática (PRD).
La representante del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Élida Garrido Maldonado inició un Procedimiento Especial Sancionador (PES) al considerar que la nota periodística publicada por el medio digital Nexos Txt el 9 de mayo, en la cual se hace referencia a una encuesta que favorece a la candidata del PRD, constituye un acto anticipado de campaña y vulnera el principio de equidad en la contienda.
Del expediente y resolución, presentados por el magistrado Hugo Morales Alanís, se desprende que efectivamente se realizó esa publicación. Sin embargo, se advierte que se trata de una función del medio; por lo que darle otra interpretación significaría "desnaturalizar la función periodística" e incluso atentar contra derechos humanos como la libertad de expresión, acceso a la información y libertad de prensa.
Por esta razón, para considerarle un acto de campaña se debe acreditar que contiene comunicación persuasiva para llamar al voto o desalentarlo en contra de algún otro candidato.
En el análisis se determinó que la nota periodística no contiene expresiones como "vota por", "elige a", "apoya a", "vota en contra de" o "rechaza a" o alguna otra forma de llamar al sufragio o difundir propaganda electoral; por lo tanto, se declaró inexistente la pretensión del PRI de iniciar un PES en contra de Laura Eliosa Lara por actos anticipados de campaña.

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