- De aprobarse, el trámite lo podrán hacer mediante quienes ejercen la patria potestal o la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes
Zurya Escamilla Díaz | Tlaxcala | 9 de abril de 2026
La diputada Sandra Guadalupe Aguilar Vega presentó una iniciativa de reforma al Código Civil con el propósito de garantizar a las infancias trans el derecho a que su identidad de género sea reconocida en sus actas de nacimiento y documentos oficiales, aun cuando no tengan la mayoría de edad; de modo que podrían hacer el trámite por conducto de la Procuraduría de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, cuando no lo haga quien ejerza la patria potestad.
"La identidad de género se entiende como la manera en que una persona asumen, reconoce y nombra su género como propia, con independencia del sexo biológico con el que nació. Es importante aclarar que la identidad de género y la expresión de género son conceptos independientes entre sí y respecto de la orientación sexual, una persona puede tener sexo masculino, identificarse como mujer y tener una expresión de género masculina, sin que ello limite su derecho a modificar su actar de nacimiento ni la obligue a acreditar su identidad de género mediante alguna prueba", expuso la legisladora priista durante la sesión ordinaria de este jueves.
Argumentó que de acuerdo con el artículo 1 de la Constitución federal, todas las personas tienen el derecho a no ser discriminadas; sin embargo, hablar de infancias trans implica hacerlo de dos grupos históricamente discrminados por su identidad de género y por su edad. Por lo que la iniciativa se bajsa en la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respecto a que limitar el cambio de identidad de género a quienes tienen 18 años o más es discriminatoria y obstaculiza el pleno desarrollo de la personalidad.
Sandra Aguilar comentó que su propuesta -turnada a comisiones para ser analizada y dictaminada- concede a padres, madres o tutores la facultad de solicitar en nombre de las niñas y los niños la modificación de un acta de nacimiento con los datos de identificación de género solicitados o la expedición de una nueva; pero en caso de que se opongan al trámite, la Procuraduría de Protección puede representar a las personas menores de edad para llevarlo a cabo.
Por ello, propuso adecuaciones al Código Civil de la entidad para: establecer que niñas, niños y adolescentes tienen la posibilidad de ajustar sus documentos por identificación sexo-genérica mediante quienes ejercen la patria potestad o la Procuraduría; además de establecer la obligación de la Coordinación de Registro Civil para concretar el procedimiento que deberá ser ágil, expedito, gratuito, sencillo y eficaz.
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