- El ITE llevó a cabo su segundo foro de consulta para integrar acciones afirmativas para el proceso electoral de 2027
Zurya Escamilla Díaz | Tlaxcala | 12 de abril de 2026
La autoadscripción calificada no es suficiente en la postulación de candidaturas LGBTTTIQA+ porque no evita que los partidos políticos usurpen los espacios, coincidieron panelistas del segundo foro de la consulta previa, libre, informada y anónima que organiza el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) para formular acciones afirmativas para el proceso electoral del próximo año.
El evento tuvo lugar en el Palacio de la Cultura y reunió tanto a activistas como a personas expertas para conocer cuáles son los retos del trabajo que realizará el órgano electoral local y para responder un cuestionario anónimo respecto a cuáles tendrían que ser los mecanismos para postular candidaturas.
Las consejeras Janet Cervantes Ahuatzi y Anakaren Monserrat Rojas Cuauhtle fungieron como moderadora y expositora, respectivamente, del ejercicio que se replicará en otras sedes.
Luisa Rebeca Garza López, funcionaria electoral en el estado de Oaxaca, refirió que a diferencia de la autoadscripción calificada en el caso de personas indígenas y con discapacidad, donde una asamblea comunitaria y un certificado médico pueden avalar la pertenencia al sector; en el caso de la población diversa son necesarias otras consideraciones dados los antecedentes de usurpación de espacios y la imposibilidad de los órganos electorales para cuestionar la auto identificación.
"La ruta tiene que seguir siendo la autodescripción simple y si bien yo coincido con todas las demás personas que no ha sido tan exitosa la implementación, porque los partidos políticos no han cumplido su responsabilidad de postular candidaturas conforme a la ley", remarcó.
Asimismo subrayó que el libre desarrollo de la personalidad que es un derecho humano irrenunciable y que en el caso de las poblaciones LGBTTTIQA+ se presenta en dos vertientes: la orientación sexual y la identidad de género, por lo que requieren un tratamiento específico en cada caso y no una acción afirmativa generalista.
Por su parte, Dayana Ramírez Lara, representante de la organización Nunca Dejes de Brillar, se requieren un equilibrio entre la autodeterminación calificada y criterios tanto objetivos como respetuosos de verificación dentro del mar o legal y ético para garantizar que las acciones afirmativas se cumplan.
"Como principio rector, la persona tiene derecho a definirse a sí misma, como parte de su derecho también es el libre desarrollo de la personalidad que dice que nadie puede obligar a una persona a vivir bajo una identidad que no le corresponde, ya que esto viola su dignidad humana y su derecho de desarrollarse plenamente", comentó.
En ese sentido, recordó que las acciones afirmativas en materia electoral deben estar fincadas en el respeto al nombre con el que una persona ha decidido vivir y a la identidad de género con la que se presenta al mundo; ya que ambos están protegidos por la Constitución y por sentencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
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