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martes, 13 de septiembre de 2022

Propone José Temoltzin reforma para profesionalizar órganos de control municipales

 


Zurya Escamilla Díaz (Tlaxcala, 13 de septiembre de 2022) El diputado José Gilberto Temoltzin Martínez (PAN) presentó una iniciativa de reforma a la Ley Municipal a fin de que la persona titular de los órganos internos de control en los municipios sea nombrada por el presidente o presidenta municipal previa convocatoria y a fin de que este funcionario no pueda ser removido del cargo a no ser por causa grave señalada por la ley y por acuerdo de cabildo, previo derecho de audiencia.


    En la sesión ordinaria celebrada este martes, el panista planteó que, una vez instalado el ayuntamiento respectivo, se emita una convocatoria pública dentro de los 120 días naturales siguientes para su nombramiento; de modo que permanezca en el cargo durante tres años con posibilidad de ser electa por un periodo más.


    Asimismo, propuso que la revisión y validación de la cuenta pública que haga la sindicatura también sea una facultad de este órgano que gozará de autonomía técnica y de gestión para la investigación y substanciación de procedimientos de su competencia. "Se debe considerar que los Síndicos Municipales son cargos electos democráticamente, por lo que no es exigible contar con preparación especializada en la vigilancia de recursos públicos; por lo que el determinar esta función a los Órganos Internos de Control favorecería en la profesionalización y mejor observancia de los recursos públicos", dijo el diputado.


    Entre los requisitos para ser titular de u órgano interno de control, plantea contar con título y cédula profesional en economía, derecho, contaduría pública o administración; con experiencia mínima de tres años; tener 30 años al momento de su nombramiento, no haber sido sentenciado por delitos que ameriten prisión preventiva; no haber sido secretario, tesorero, director o jefe de departamento en la administración inmediata anterior; tampoco haber desempeñado cargo directivo o de representación de un partido político; no haber sido postulado a una candidatura o ejercido un cargo de elección popular en los tres años previos a su designación.


    Mientras que entre las causas para su remoción, consideró el cometer abusos de autoridad, omisiones en la solventación de observaciones en auditorías o en la notificación a servidores públicos para solventar este mismo tipo de observaciones, por recibir o propiciar cualquier tipo de favor o beneficio personal, y por alterar o destruir documentación con la finalidad de favorecer a un tercero.


    Por último, planteó que -de avalarse la reforma- los actuales titulares de los órganos internos de control dudarán en su cargo seis meses posteriores al término del periodo gubernamental actual.

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