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martes, 7 de septiembre de 2021

Con sentencia de la SCJN, sería una necedad que Congreso no despenalice el aborto: Herminia Hernández

Zurya Escamilla Díaz (Tlaxcala, 7 de septiembre de 2021) Sería una necedad que el Congreso no legisle para despenalizar la interrupción del embarazo en Tlaxcala tras la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), consideró Herminia Hernández Jiménez, doctora en derecho  y académica de la Universidad Autónoma de Tlaxcala.


La tarde de este martes, se dio a conocer que el pleno de la SCJN declaró inconstitucional la criminalización del aborto en términos absolutos; al considerar que la normatividad en este sentido desconoce los derechos de las mujeres y personas gestantes a la libertad reproductiva.


La sentencia se dio con motivo de la acción de inconstitucionalidad 148/2017 que promovió la Procuraduría General de la República en contra de los poderes Ejecutivo y Legislativo de Coahuila que criminalizaban tanto a la mujer como al personal sanitario que la asistiera.


Sin embargo, sus efectos alcanzan al resto del país, incluido al estado de Tlaxcala, cuyo Código Penal  en su artículo 242 prevé penas de 15 a dos meses de prisión y multas de 18 a 36 días de salario mínimo, a la mujer interrumpa voluntariamente su embarazo; misma que tendrá considerarse inconstitucional a partir de ahora, refirió Herminia Hernández.


"Es aplaudible esta decisión que es histórica porque va en avance con los derechos de las mujeres, sobre todo con los derechos reproductivos, el hecho de poder decidir en qué momento pueden convertirse o no en madres", indicó.


Esta sentencia, agregó, atiende una deuda con las mujeres sobre la que se habían vertido consideraciones de todo tipo; por lo que aplaudió la visión progresista con la que la Suprema Corte ha promovido los derechos humanos; especialmente sentencias en favor de las mujeres. "Beneficia porque a nivel República Mexicana cualquier juez o jueza, si es que tiene casos por resolver, debe considerar inconstitucionales sus propias leyes locales", precisó. 


En este sentido, la abogada indicó que la interrupción del embarazo está despenalizada en cuatro estados: Hidalgo, Veracruz, Oaxaca y Ciudad de México; mientras que en el resto del país se encuentran legislaciones como la de Tlaxcala que atentan contra los derechos de las mujeres, específicamente la libertad de elegir sobre su cuerpo.


Por ello, consideró que la sentencia es una herramienta para que abogadas, activistas y académicas  feministas puedan promover una reforma a la legislación local que facilite el acceso a justicia a las mujeres que tomen esta decisión, debido a que la vigente ya no tendría razón de ser.


"Sería  una necedad dejarlo en el Código Penal de Tlaxcala porque lo único que sucedería es que cuando existiera una denuncia de una mujer de aborto por su propia elección se retrasaría e impediría la justicia pronta y expedita en su favor", recalcó Hernández Jiménez.


Asimismo,  refirió que una reforma en esta materia también tendría que alcanzar al sector salud a fin de que se aplique la Norma Oficial Mexicana 046 con la que se garanticen condiciones salubres; es decir que las autoridades de salud tendrán que proporcionar y realizar las interrupciones de embarazo a solicitud de las mujeres.


En Tlaxcala, el aborto no se considera penado en caso de violación, accidente, cuando hay inseminación artificial no consentida, cuando el producto tiene alteraciones genéticas o el embarazo pone en riesgo la vida de la madre.


Cabe señalar que el gobierno de Coahuila ha precisado que la resolución tendrá efectos retroactivos "y si hubiese alguna mujer privada de su libertad por el delito de aborto deberá ser puesta en libertad inmediatamente".

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