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sábado, 17 de noviembre de 2018

LEYES DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN ÉPOCA DE CONSULTAS



Zurya Escamilla Díaz (Tlaxcala, Tlax., 15 de noviembre de 2018) En la puesta en marcha de los mecanismos de participación ciudadana, el Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) se constituye como Comisión de Consulta Ciudadana.

La reforma electoral de 2014 asentó una nueva forma coordinación entre los organismos locales y el Instituto Nacional Electoral (INE); por lo que la determinación del apoyo ciudadano a distintos procesos –consultas populares, iniciativas ciudadanas, candidaturas independientes- ha quedado en manos del organismo nacional.
Recordemos que la última modificación de la Ley de Consulta Ciudadana para el Estado de Tlaxcala fue en mayo de 2009; por lo que tiene un desfase de cinco años con las más recientes normas en materia electoral.
Esto, previsiblemente, llevará a alguna reforma a dicho ordenamiento para adecuarlo no sólo a lo establecido en la legislación federal; sino a lo determinado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en temas similares.
Refiero que es “previsible” debido a que –por ejemplo- en los procesos electorales de 2016 y 2018 la Sala Superior del TEPJF determinó que el máximo porcentaje de apoyo ciudadano que se puede solicitar a un aspirante a candidato independiente es del dos por ciento y en la legislación federal se establece este mismo porcentaje para que los ciudadanos puedan solicitar que un tema sea sometido a consulta popular.
Sin embargo, en Tlaxcala se requiere el 25 por ciento para convocar a un plebiscito, el 10 por ciento para respaldar o abrogar una reforma a la Constitución Local y el cinco por ciento en el caso de legislación estatal o reglamentos municipales.
Ello, además de los cambios propios en la organización de dichos procesos; en los cuales ya deberá tomarse en cuenta la nueva relación entre INE y OPLES.
Por lo pronto, y a pesar de que el gobierno federal entrante ya anunciando que las consultas populares serán frecuentes durante su sexenio, parece no haber prisa por reformar una legislación local en materia de participación ciudadana –más allá de lo electoral.
Dicho sea de paso, legislación que no ha sido puesta en práctica debido a que no hay antecedentes de solicitudes para organizar un plebiscito, un referéndum o una consulta popular ciudadana ante el Congreso.

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